Los establecimientos públicos sujetos a la Ley 13/1999, deberán disponer, en lugar visible, de un documento expedido por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, en el que figurará el nombre comercial del mismo, actividad, NIF o CIF del titular, aforo máximo autorizado y horario de apertura y cierre.

El Derecho de Admisión en Espectáculos y Actividades Recreativas en Andalucía se encuentra regulado por el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Admisión de Espectáculos y Actividades Recreativas de Andalucía

En INJENIO nos podemos encargar de realizar tanto la documentación técnica como las gestiones para tramitarle el Aforo y Derecho de Admisión en un tiempo record.

Para más información al respecto, pueden acceder a la siguiente dirección:

http://www.consumoresponde.es/grupo-faq/preguntas-frecuentes-sobre-derecho-de-admision

 

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